Cannabis Medicinal en Chile
En Chile el uso de cannabis medicinal es legal, si deseas utilizar esta alternativa de tratamiento complementario este debe ser prescrito y avalado por un profesional de la salud, en Chile por un médico cirujano. odontólogo o médico veterinario inscrito en la superintendencia de salud. La Ley 20.000 avala que poseas, transportes, guardes o portes pequeñas cantidades de Cannabis Medicinal destinado a tu tratamiento médico (nunca excediendo la cantidad recomendada por el especialista).
DECRETO 1524 Ministerio del Interior
Promulgado 23 de Noviembre del año 2015, elimina a la Cannabis sp. de la LISTA I de ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS y la incluye en la Lista II, permitiendo de esta manera su uso para tratamientos médicos, estudios e investigación.
DECRETO 84 Ministerio de Salud
Promulgado 30 de Octubre del año 2015, es el que agrega a la Cannabis sp. (sumidades floridas o con fruto de la planta de Cannabis, resina no extraida. Resina separada, en bruto o purificada, obtenida de la planta de Cannabis) al arsenal terapéutico de los médicos en Chile.

¿Qué es la Ley 20.000?
La Ley 20.000 es la que sanciona el tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Se promulgó el año 2005 bajo la presidencia de Ricardo Lagos para actualizar la legislación a la realidad nacional.


ARTÍCULO 4°-
El que, SIN LA COMPETENTE AUTORIZACIÓN POSEA. TRANSPORTE, GUARDE O PORTE CONSIGO PEQUEÑAS CANTIDADES DE SUSTANCIAS O DROGAS ESTUPEFACIENTES O SICOTRÓPICAS, productoras de dependencia física o síquica, o de materias primas que sirvan para obtenerlas. sea que se trate de las indicadas en los incisos primero o segundo del artículo 1°, será castigado con presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de diez a cuarenta unidades tributarias mensuales. A MENOS OUE JUSTIFIOUE OUE ESTÁN DESTINADAS A LA ATENCIÓN DE UN TRATAMIENTO MÉDICO O A SU USO O CONSUMO PERSONAL EXCLUSIVO Y PRÓXIMO EN EL TIEMPO.
En igual pena incurrirá el que adquiera, transfiera, suministre o facilite a cualquier título pequeñas cantidades de estas sustancias, drogas o materias primas, con el objetivo de que sean consumidas o usadas por otro.
Se entenderá que no concurre la circunstancia de uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo, cuando la calidad o pureza de la droga poseída, transportada, quardada o portada no permita racionalmente suponer que está destinada al uso o consumo descrito o cuando las circunstancias de la posesión, transporte, guarda o porte sean indiciarias del propósito de traficar a cualquier título.
ARTÍCULO 6°.-
El artículo 6° de la Ley N° 20.000 dispone que el médico cirujano, odontólogo o médico veterinario que recete alquna de las sustancias señaladas en el artículo 1º sin necesidad médica o terapéutica, será penado con presidio mayor en sus grados mínimo a medio y multa de 40 a 400 UTM. Es decir. A CONTRARIO SENSU, LA NORMA DISPONE QUE EL MÉDICO CIRUJANO, ODONTÓLOGO O MÉDICO VETERINARIO PUEDE RECETAR LAS SUSTANCIAS SEÑALADAS EN EL ARTÍCULO 1º, PERO CON NECESIDAD MÉDICA O TERAPÉUTICA.

El Cannabis puede contribuir en el tratamiento de más de 60 patologías y sintomatologías en mediconsciente ® podemos guiarte en el diagnóstico y tratamiento con cannabis medicinal, ya sea como complemento a tu terapia o el reemplazo de los medicamentos farmacéuticos.
PATOLOGÍAS
- Trastorno por déficit de atención y Trastorno por déficit de atención e hiperactividad.
- Enfermedad de Alzheimer.
- Anorexia nerviosa.
- Ansiedad.
- Artritis.
- Asma.
- Trastornos auto inmunes.
- Desorden bipolar.
- Caquexia.
- Enfermedad cardiovascular.
- Enfermedad de Crohn.
- Epilepsia.
- Fibromialgia.
- Trastorno gastrointestinal.
- Glaucoma.
- VIH y SIDA.
- Hipertensión.
- Migrañas.
- Esclerosis múltiple.
- Distrofia muscular.
- Desórdenes neurológicos.
- Parkinson.
- Dolor del miembro fantasma.
- Síndrome Pre menstrual.
- Psicosis y esquizofrenia.
- Trastorno de estrés postraumático.
- Lesión de la médula espinal .
- Tinnitus.
- Síndrome de Tourette.
SÍNTOMAS
- Dismenorrea (Calambres menstruales)
- Depresión.
- Fatiga.
- Cefalea (Dolores de cabeza).
- Alta presión sanguínea.
- Procesos Inflamatorios.
- Insomnio.
- Anorexia (Falta de apetito).
- Espasmos musculares.
- Náusea.
- Dolor crónico.
- Convulsiones.
- Espasticidad.
- Estrés.

SITIOS DE INTERES
1. Dispensario Latinoaméricano: dispensariolatam.com
2. Mayo Clinic: Cannabis Medicinal